miércoles, 28 de octubre de 2009

Planificación --> PCC, Proyecto Anual, ROF

Concepto de planificación:




La planificación es una herramienta con la que conseguir objetivos, una herramienta que nos ayuda a obtener resultados. Si tuviésemos que hacer un símil de la planificación diríamos que es como la locomotora de un tren que arrastra las restantes actividades y si esta no estuviese en marcha el resto de vagones estarían parados.

Planificar supone analizar y estudiar los objetivos propuestos así como la forma en la que vamos a conseguirlos. Planificar es más que una herramienta de acción ya que gracias a ella logramos decidir qué vamos hacer y porqué, supone crear un plan. Crear un plan tiene muchos beneficios pero sobre todo clarifica muchas dudas acerca del trabajo a realizar:



1. Define necesidad de recursos para conseguir objetivos.
2. Clarifica las actividades y las dudas respecto a objetivos buscados.
3. Cuantifica los niveles de desempeño para tener éxito
4. Establece prioridades.
5. Clarifica debilidades y fortalezas para conseguir objetivos.


Es complicado llegar a una definición concreta sobre el concepto de planificación, veamos las distintas definiciones de este concepto para ciertos autores.


Distintas y a la vez semejantes:


"Es el proceso que se sigue para determinar en forma exacta lo que la organización hará para alcanzar sus objetivos" (Ortiz, s/f).

"Es el proceso de establecer objetivos y escoger el medio más apropiado para el logro de los mismos antes de emprender la acción", (Goodstein, 1998).


"Es el proceso consciente de selección y desarrollo del mejor curso de acción para lograr el objetivo." (Jiménez, 1982). Implica conocer el objetivo, evaluar la situación considerar diferentes acciones que puedan realizarse y escoger la mejor.

"Es el proceso de seleccionar información y hacer suposiciones respecto al futuro para formular las actividades necesarias para realizar los objetivos organizacionales" (Terry,1987).


PCC (Proyecto Curricular de Centro)


Es es un documento que forma parte del Proyecto de Centro donde se explicarán los objetivos y contenidos que propone la Administración Educativa, de cada etapa y cada área de manera coordinada, contextualizada y pormenorizada (descriptiva), así como los métodos y los criterios de evaluación. Debe incluir los Proyectos Curriculares de cada etapa que se impartiran en el centro. Se entiende así por P.C.C. el instrumento pedagógico didáctico que articula a medio plazo el conjunto de actuaciones del equipo docente de un centro educativo com también, el instrumento de trabajo que permite tomar decisiones compartidas y fundamentadas en la reflexión sobre la práctica, dotando de una mayor eficacia y coherencia la intervención educativa.



Debe ser el instrumento pedagógico que permita alcanzar las Finalidades Educativas.

Funciones del PCC:

- Adaptar la propuesta curricular a la realidad de la escuela y del alumnado.
- Exponer el modelo educativo que ya se está llevando en el centro.
- Responder a las necesidades educativas del contexto socio-cultural de la
escuela.
- Expresar los criterios y los cuerdos realmente compartidos por el conjunto del profesorado.
- Promover el cambio educativo introducido.


Proyecto Anual


Es una propuesta organizativa que un centro realiza para su funcionamiento durante un curso académico. Se trata de un documento en el que se concretan las líneas generales y específicas de actuación que previamente han sido contempladas en el documento de Finalidades Educativas, en el P.C.C., y en el R.F.O. Obligatoriamente, todos los años el día 1 de Septiembre los profesores de Educación Infantil y Primaria enseñan en sus centros para poder elaborar este documento.



Finalidad: Dar a conocer al equipo docente la organización y funcionamiento del curso académico, y que pueda ser utilizado como referente de actuación durante todo el año para este equipo.



ROF (Reglamento de Organización y Funcionamiento)


Es el documento que recoge el conjunto de normas que regulan la convivencia y establece la estructura organizativa de una determinada comunidad dentro del marco jurídico vigente. Debe facilitar además, la consecución del clima organizativo y funcional preciso para alcanzar las Finalidades Educativas y el desarrollo del P.C.C.

Finalidades:

- Establecer las medidas precisas que desarrollen las capacidades de relación óptimas en la comunidad escolar.
-Propiciar fórmulas organizativas adecuadas al Proyecto de Centro.
-Activar los mecanismos necesarios para dar respuesta a las exigencias de funcionamiento del centro escolar.
Concepto de tiempo y espacio


¿Qué es el tiempo? sino un parpadeo, el movimiento de una mano, un último suspiro, los latidos del corazón. El tiempo es lo que hacemos de él y las significaciones que le asignamos: pasado, presente, futuro.El tiempo es el fugaz instante del encuentro de dos manos o dos abrazos. El tiempo es lo que se vive: cada sonrisa, enojo y pataleta. Son las lágrimas, la tristeza y la carcajada que llega después de la tormenta. El tiempo es eso que invierte el escritor en usar su pluma, y el lector en leer las letras, párrafos y páginas de éste. Definitivamente eso es el tiempo: Algo que no es inmóvil, que pasa ante nuestros ojos, quizás a veces sin darnos cuenta, sin ser conscientes que este pasa y lo perdemos.




El concepto espacio se fue elaborando en el contexto de la experiencia humana, es el que ha determinado las diferentes formas de vida desde sus inicios hasta nuestros días; él ha influenciado y a su vez ha sido influenciado por aspectos políticos, sociales, económicos, culturales, síquicos y otros.

El espacio es un fluido envolvente de infinitas dimensiones que ya existen, medio físico donde el tiempo transcurre en el espacio y éste emerge en el tiempo; es un elemento físico afectivo, simbólico, sensible, expresivo, donde él yo se expresa y se comunica con todos los seres y con el entorno a través del cuerpo propio y de sus sentidos, un espacio eminentemente expresivo.



Tiempo y espacio




El espacio-tiempo es la entidad geométrica en la cual se desarrollan todos los eventos físicos del Universo, de acuerdo con la teoría de la relatividad y otras teorías físicas. El nombre alude a la necesidad de considerar unificadamente la localización geométrica en el tiempo y el espacio, ya que la diferencia entre componentes espaciales y temporales es relativa según el estado de movimiento del observador.

Competencias y funciones: director, subdirector, jefe de estudios y secretario.


CAPÍTULO IV
Dirección de los centros públicos
Artículo 131. El equipo directivo:

1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas.

2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro.

4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.

5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación.

Artículo 132. Competencias del director:

Son competencias del director:

1.- Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

2.- Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.

3.- Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

4.- Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

5.- Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

6.- Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

7.- Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

8.- Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

9.- Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

10.- Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.

11.- Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.
Funciones del Jefe de Estudios:
La Jefatura de Estudios coordina y vela por la ejecución de las actividades de carácter académico de profesores y alumnos en relación con el Plan Anual de Centro.
1.- El Jefe de Estudios coordina, asimismo, todas las actividades de orientación y complementarias de alumnos y profesores.
2.- Estructurar y coordinar, agrupamientos y programaciones en las actividades vinculadas a los grupos flexibles y grupos de apoyo e integración así como la organización de los horarios.
3.- Informar a los Órganos Colegiados y a la dirección sobre el análisis de resultados escolares habidos en cada evaluación y, con ello, sobre el grado de éxito/fracaso alcanzado por el alumnado.
4.- Coordinar propuestas de evaluación general del Centro, tanto en su vertiente curricular como organizativa.
5.- Coordinar los servicios de apoyo externo (EATAI, EOE, CEP).
6.- Fomentar, orientar y coordinar las actividades tutoriales de los profesores velando por el cumplimiento del Proyecto de Centro y el Plan de Centro.
7.- Dinamizar, orientar y coordinar la elaboración del PCC así como sus posibles adecuaciones al contexto sociocultural del alumnado.
8.- Informar al Director/a, al Órgano competente o a la Administración de las faltas de los profesores y de sus causas. Además expondrá en el tablón de anuncios de la sala de profesores las faltas mensuales de éstos.
9.- Anotar los retrasos y posibles incidencias horarias. No obstante, habrá que tener en cuenta todo lo regulado en las Instrucciones de principios de curso existentes al respecto. De la misma forma actuará con respecto a las faltas reiterativas de los alumnos, que le serán transmitidas por los tutores y se les informará a los padres.
10.- Organizar los actos académicos.-
11.- Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director/a dentro de su ámbito de competencia.
Funciones principales del subdirector:
1.- Sustituir al Director en ausencia de éste o de algún impedimento.
2.- Coordinar con el Director/ay la asamblea de profesores todo lo relativo al buen funcionamiento del centro.
3.- Velar por la buena administración y por los servicios higiénicos del establecimiento.
4.- Cumplir con las tareas asignadas por el Director, que se relacionen con el centro educativo y que no estén consignadas en el presente Reglamento.
Funciones del Secretario:
1.- Ordenar el régimen administrativo del centro, ejerciendo a su vez la jefatura sobre el personal de administración.
2.- Actuar como secretario/a de los órganos de gobierno colegiados (Consejo Escolar y Claustro de Profesores).
3.- Elaborar el proyecto de presupuesto del centro, llevando y regulando la economía, la contabilidad y las cuentas ante el Consejo Escolar y las autoridades.
4.- Colaborar en la elaboración del programa anual del centro junto con el resto del Equipo Directivo.
5.- Expedir certificaciones en las lenguas oficiales del territorio.
6.- Difundir la normativa y los asuntos que lleguen al centro desde el exterior a todo el personal.
7.- Custodiar y organizar los documentos oficiales, expedientes académicos, libros de escolaridad y archivos.
8.- Realizar el inventariado general de los materiales del centro, con la colaboración de los jefes de departamento.
9.- Custodiar los libros y archivos oficiales del centro, organizar la biblioteca, medios audiovisuales, material didáctico y todo el material que sea inventariable, manteniéndolo en buen estado.